Acreditación de competencias profesionales

El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias, (PEAC) persigue los siguientes fines:

Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas.

  • Acreditar oficialmente dichas competencias profesionales, favoreciendo su empleabilidad.
  • Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional.
Procedimiento e Información:  
¡¡ Nueva Convocatoria (Fecha límite: 30/11/2023) !!

 

Convocatoria (Fecha límite: 30/11/2022)
Convocatoria (Fecha límite de inscripción: 31/12/2021)
Orden PRE/62/2021
Familia de Energía y Agua
Familia de Instalación y Mantenimiento
Formulario de solicitud de Información.

Requisitos de participación

A. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

B. Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.

C. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:

En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

D. En los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.